A 75 años de la Declaración de los Derechos Humanos la niñez y la adolescencia en Colombia siguen a la espera de vivir con derechos
NUNCA MÁS niñas, niños y adolescentes en la guerra #DíadelasManosRojas
La COALICO saluda y celebra la decisión de la Corte Constitucional que ordena a la Fuerza Pública no realizar acciones cívico-militares que involucren niñas, niños y adolescentes
Bogotá D.C., 2 de febrero de 2024
La Coalición contra la vinculación de niños, niñas y jóvenes al conflicto armado en Colombia (COALICO)[1], celebra que, mediante la sentencia T-005 de 2024 la Corte Constitucional haya decidido ordenar a la Fuerza Pública “abstenerse de realizar actividades cívico militares o integrales dirigidas o que involucren a NNA que habiten zonas de conflicto armado interno”. La Corte Constitucional dio la razón a las ONG Humanidad Vigente Corporación Jurídica y Fundación Regional de Derechos Humanos Joel Sierra en una acción de tutela instaurada contra el Ministerio de Defensa, el Ejército Nacional y algunos entes territoriales, y concedió el amparo de los derechos fundamentales a la vida, a la integridad y a la prohibición de participación de niñas y niños en el conflicto armado que habiten en zonas de conflicto armado en el país.
Por invitación de la Corte Constitucional, el 9 de agosto de 2023 la COALICO rindió concepto como expresión de la sociedad civil experta en materia de niñez y conflicto armado, en medio del litigio adelantado por Humanidad Vigente Corporación Jurídica y Fundación Regional de Derechos Humanos Joel Sierra en favor de niñas, niños y adolescentes de varios departamentos que habían sido involucrados en acciones cívico-militares.
En dicha oportunidad la COALICO manifestó que las acciones cívico-militares “son altamente inconvenientes en el marco del conflicto armado interno ya que «implican un indebido involucramiento de la población civil con uno de los bandos o actores combatientes, lo cual genera miramientos y retaliaciones por parte de los otros grupos combatientes en su contra»”[2]. De igual manera la COALICO indicó que estas acciones, “cuando «involucran personas menores de 18 años pueden ser consideradas como una forma de utilización ilícita de niñas, niños y adolescentes en el marco del conflicto armado (art.162 del Código Penal), sobre todo en los escenarios en los que aparejan la utilización de niñas, niños y adolescentes como informantes, mensajeros o en el cumplimiento de roles logísticos para las confrontaciones. A nivel cultural, entre otras implicaciones, las acciones cívico-militares promueven ideales militaristas que aumentan el riesgo de reclutamiento de niñas, niños y adolescentes por actores armados»”[3].
Al respecto, la Corte expuso en el fallo que “comparte la Sala de Revisión el llamado de atención que hacen los accionantes y Coalico, quienes coinciden en el enorme riesgo de represalias que la participación de la Fuerza Pública en estas actividades genera en estas zonas de conflicto armado, aspecto que amenaza los derechos a la vida, la integridad y la prohibición de participar en el conflicto armado de los NNA”[4]. En consecuencia, el alto tribunal resolvió: “ORDENAR al Ejército Nacional y a la Policía Nacional ABSTENERSE de realizar actividades cívico militares o integrales dirigidas o que involucren a NNA que habiten zonas de conflicto armado interno (…) ORDENAR al Ministerio de Defensa, Ejército Nacional y Policía Nacional REDISEÑAR los programas que se ejecuten en la actualidad en virtud de estas jornadas cívico militares o los que se piensen establecer a futuro, para que puedan realizarse por las autoridades e instituciones civiles, con el fin de seguir fortaleciendo la presencia del Estado en estos territorios y sin poner en riesgo o comprometer los derechos fundamentales de los NNA del país (…) ORDENAR a la Procuraduría General de la Nación y a la Defensoría del Pueblo realizar el acompañamiento y la verificación del cumplimiento de la sentencia”[5].
En virtud de la obligación constitucional de asistir y proteger a las niñas, niños y adolescentes para garantizar su desarrollo armónico e integral y el ejercicio pleno de sus derechos, la COALICO hará seguimiento al cumplimiento de las órdenes dadas por la Corte Constitucional e invita a la sociedad y las familias colombianas a que realicen la misma labor en acompañamiento a las organizaciones Humanidad Vigente Corporación Jurídica y Fundación Regional de Derechos Humanos Joel Sierra quienes promovieron la acción de tutela que finalizó en esta sentencia.
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Suscribe la Coalición contra la vinculación de niños, niñas y jóvenes al conflicto armado en Colombia (COALICO) conformada por:
- Asociación Cristiana Menonita para Justicia, Paz y Acción Noviolenta (Justapaz)
- Benposta Nación de Muchach@s
- Centro de Desarrollo y Consultoría Psicosocial – Taller de Vida
- Corporación Vínculos
- Defensa de las Niñas y Niños Internacional (DNI Colombia)
- Fundación Creciendo Unidos (FCU)
- Servicio Jesuita a Refugiados Colombia (JRS/COL)
[1] Plataforma de organizaciones de la sociedad civil conformada por: Asociación Cristiana Menonita para Justicia, Paz y Acción Noviolenta –Justapaz–, Benposta Nación de Muchach@s, Centro de Desarrollo y Consultoría Psicosocial – Taller de vida, Corporación Vínculos, Defensa de las Niñas y Niños Internacional –DNI Colombia, Fundación Creciendo Unidos –FCU- – Servicio Jesuita a Refugiados Colombia –JRS/COL-.
[2] Corte Constitucional. Sentencia T-005 de 2024. MP. Dra. Cristina Pardo Schlesinger.
[3] Ibid.
[4] Ibid.
[5] Ibid.